La Vicerrectora Académica y de Posgrado en nombre de la Facultad de Educación Permanente y Avanzada agradece una vez más a la comunidad uniamericana por su compromiso con la Institución y su valioso aporte.
Invitamos a los docentes, alumnos y egresados a visitar nuestra página y a participar en las especializaciones, diplomados y cursos que ofrece la Universidad.

Requisitos de Inscripción para Estudiantes Extranjeros y/o Colombianos que hayan efectuado estudios de pregrado ó equivalentes en el exterior
Justificación
La UNIVERSIDAD DE AMERICA, Facultad de Educación Permanente y Avanzada - Posgrados, conciente del interés de muchos profesionales extranjeros por acceder a escenarios académicos en Colombia, y atendiendo a las demandas propias de la internacionalización mundial invita a profesionales extranjeros o colombianos que hayan realizado estudios de pregrado fuera del país a cursar estudios de posgrado en nuestra Institución.
Nuestra Facultad se encuentra ubicada en la ciudad de Bogotá- Colombia, en la Calle 106 Nº 19-18 Barrio Chicó Navarrra.
Con el fin de brindar a los interesados una orientación en torno a los requisitos que deben surtirse para efectuar la inscripción e ingreso a esta Facultad, a continuación haremos algunas observaciones de orden general:
Una vez remitido el formulario la Universidad lo estudiará y en caso de aprobación, le comunicará al interesado a fin de que pueda tramitar su visa.
Para efectos de la admisión el interesado deberá adelantar previamente los trámites tendientes a convalidar sus títulos.
Corresponde al interesado una vez llegue al país, tramitar la expedición de su cédula de extranjería.
• Los estudiantes deben acercarse al DAS (Departamento Administrativo de Seguridad) Calle 100# 11- 84, dentro de los 60 días siguientes a su llegada a Colombia y registrar la visa de estudiante para obtener la cédula de extranjería.
Este último es un documento indispensable durante su permanencia en el país y para sentar matrícula académica.
DATOS IMPORTANTES
VISA DE ESTUDIANTE
La oficina para trámite de visas de estudiantes en Bogotá está ubicada en la Calle 93 Nº 13-68.
Para entrar a Colombia, los interesados deben tener vigente la visa de estudiante. Este documento debe ser solicitado en la Embajada o Consulado de Colombia en su país de origen.
La visa de estudiante es una visa múltiple y tiene una vigencia máxima de doce meses calendario. Es renovable.
Para tramitar la visa se requiere contar con el pasaporte con un mínimo de validez de seis (6) meses y dos (2) fotos tamaño pasaporte.
Requisitos adicionales:
Para hacer la solicitud de la visa, el estudiante debe pedir una cita telefónicamente al consulado o embajada más cercana. El día de la cita se debe presentar con todos los documentos listados anteriormente y, ese mismo día, se llena la aplicación para la visa. Normalmente, la visa es entregada el mismo día de la cita.
Todos los documentos deben estar en español (o traducidos ante notario).
ASPECTOS FINANCIEROS
Informes en la coordinación financiera de posgrados.
Tel +(571)6580639 Ext. 681
La institución hará inducción académica y en aspectos relacionados con la ciudad y prestará asesoría en cuanto a los trámites universitarios.
* Los alumnos deben acercarse a la Universidad a reclamar su recibo de matrícula y a cancelar el valor del carné.
GUÍA PRÁCTICA PARA LA CONVALIDACIÓN DE TÍTULOS PROFESIONALES EN COLOMBIA
¿Qué es una convalidación?
Es el reconocimiento que el Gobierno colombiano efectúa sobre un título de educación superior, otorgado por una institución de educación superior extranjera o por una institución legalmente reconocida por la autoridad competente en el respectivo país, para expedir títulos de educación superior
Requisitos generales para convalidar un título:
1. Solicitud escrita en el formato suministrado por el Ministerio.
2. Fotocopia autenticada del diploma del título que se pretende convalidar. El diploma del título original deberá estar debidamente legalizado, por vía diplomática o con sello de apostilla.
3. Original o copia autenticada del certificado de calificaciones o del plan de estudios del programa del título que se somete a convalidación, expedidos por la institución donde se cursaron los estudios. El certificado de calificaciones original o el plan de estudios deberán estar debidamente legalizados, por vía diplomática o con sello de apostilla.
4.Fotocopia del documento de identidad (cédula de ciudadanía, de extranjería, pasaporte).
5. Recibo de consignación de la tarifa correspondiente.
En el evento de no contar con el certificado de calificaciones o el plan de estudios o no haberlos legalizado, podrán ser remitidos directamente por la institución de educación superior otorgante del título al Ministerio de Educación Nacional.
Los documentos señalados en los numerales 2 y 3 extendidos en idioma distinto del castellano, deberán ser traducidos por traductor o interprete oficial, reconocido por el Ministerio de Relaciones Exteriores, en los términos del Artículo 260 del Código de Procedimiento Civil.
Requisitos especiales:
Para maestrías y doctorados en cualquier área del conocimiento:
En caso de que la solicitud deba ser resuelta por el criterio de evaluación académica, el evaluador podrá solicitar copia del trabajo de investigación o tesis doctoral, o resumen en español del mismo.
Para títulos de pregrado en derecho.
El interesado también deberá acreditar como mínimo la aprobación de estudios específicos de la legislación colombiana, en los siguientes aspectos: Derecho Constitucional Colombiano, Derecho Administrativo y Procesales Especiales (Civil, Administrativo, Penal y Laboral). Dichos estudios podrán ser acreditados por una institución de educación superior colombiana que cuente con el programa de derecho con registro calificado.
El interesado también podrá certificar la suficiencia atrás indicada por medio de los resultados que obtenga en el Examen de Calidad de la Educación Superior – ECAES.
Tenga en cuenta que:
Actualmente existen dos maneras de legalizar documentos otorgados en el extranjero, a saber:
A) Con sello de Apostille: Procede cuando el país de la institución otorgante del título hace parte del Convenio de la Haya de 1961, que elimino el requisito de la legalización de documentos públicos extranjeros.
Básicamente consiste en: Un sello especial que estampa la autoridad designada en el país de la institución otorgante del título, para brindarle reconocimiento al documento en un país que haga parte de la convención.
La información sobre donde obtener el sello de apostille generalmente la dan en las universidades o en los consulados colombianos en el país de origen del título.
B) Por vía diplomática: la legalización se constituye generalmente por el cumplimiento de los siguientes pasos:
1. Aposicionamiento de sellos y firmas de reconocimiento del título que hace la autoridad que supervisa o regula la acción educativa en el país de la institución otorgante del título.
2. Aposicionamiento de sellos y firmas de reconocimiento del Ministerio de Relaciones Extranjeras del país de la institución otorgante del título.
3. Autenticación de los documentos por el cónsul o agente diplomático de Colombia en el país extranjero.
4. Verificación de la firma del cónsul o el agente diplomático de Colombia en el país extranjero por parte del Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia.
¿Necesita un traductor?
Para la traducción de las calificaciones y el título, debe acudir a un traductor o intérprete oficial reconocido por el Ministerio de Relaciones Exteriores. Puede consultar el listado en la página Web www.minrelext.gov.co. Para los demás documentos, puede hacer una traducción informal.
Países pertenecientes al convenio de La Haya (1961). Se recuerda que en este evento la legalización de estos documentos se hace por medio del sello de APOSTILLE
África del sur | Albania |
Alemania | Andorra |
Antigua y Barbuda | Argentina |
Armenia | Australia |
Austria | Azerbaiján |
Bahamas | Barbados |
Bélgica | Belice |
Bielorrusia | Bosnia-Herzegovina |
Botswana | Brunei Darussalam |
Bulgaria | China - regiones administrativas de Hong Kong y Macao |
Chipre | Colombia |
Croacia | Dominica |
Ecuador | El Salvador |
Eslovaquia | Eslovenia |
España | Estados Unidos de América |
Estonia | Ex República Yugoslava de Macedonia |
Federación Rusa | Fiji |
Finlandia | Francia |
Granada | Grecia |
Holanda | Honduras |
Hungría | Irlanda |
Islandia | Islas Cook |
Islas Marshall | Israel |
Italia | Japón |
Kazajstán | Latvia |
Lesotho | Liberia |
Liechtenstein | Lituania |
Luxemburgo | Malawi |
Malta | Mauricio |
México | Mónaco |
Namibia | Niue |
Noruega | Nueva Zelandia |
Panamá | Portugal |
Reino Unido | República Checa |
Rumania | Samoa |
San Kitts- et – Nevis | San Marino |
Santa Lucía | San Vicente y las Granadinas |
Serbia y Montenegro | Seychelles |
Suecia | Suiza |
Suriname | Swaziland |
Tonga | Trinidad y Tobago |
Turquía | Ucrania |
Venezuela |
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Para mayor información ingrese a www.mineducacion.gov.co ó www.minrelext.gov.co (Programa Colombia Nos Une)
Ministerio de Educación Nacional
Línea de Atención al Ciudadano
PBX 2222800 EXT 4401 / 4409. Bogotá
018000-910122 fuera de Bogotá
Diagonal 38 Bis No. 39 - 14 CAN
convalidaciones@mineducacion.gov.co

El aspirante puede acudir directamente a la financiación de: Inversora Pichincha, Banco de Bogotá, Banco BBVA y otros.
La Universidad de América se reserva el derecho de realizar cambios en la iniciación del programa dependiendo del número de estudiantes requeridos para la apertura del curso; así mismo, el cambio de los docentes y los cronogramas de actividades.
FORMA DE PAGO
1. Las Especializaciones se podrán pagar en cuatro contados, cada uno de ellos en las fechas establecidas por la Universidad antes del inicio de cada uno de los cuatro períodos.
2. Los Diplomados se pagan en un solo contado, en las fechas establecidas por la Universidad para cada uno de ellos antes de su inicio.